DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE EXHAUSTIVA INVESTIGACIÓN EN DECESO DE PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD DE LA CARCELETA DE BERMEJO Y PIDE LA APLICACIÓN DE PROTOCOLO DE MINNESOTA

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE EXHAUSTIVA INVESTIGACIÓN EN DECESO DE PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD DE LA CARCELETA DE BERMEJO Y PIDE LA APLICACIÓN DE PROTOCOLO DE MINNESOTA

08 de Enero de 2024 12:30 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE EXHAUSTIVA INVESTIGACIÓN EN DECESO DE PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD DE LA CARCELETA DE BERMEJO Y PIDE LA APLICACIÓN DE PROTOCOLO DE MINNESOTA

Ante el deceso del ciudadano, privado de libertad de la Carceleta de Bermejo (Tarija), Luis Fernando Benítez Nieves (30 años), sucedido el 07 de enero del año en curso en el Hospital Virgen de Chaguaya, la Defensoría del Pueblo expresa su profunda preocupación y consternación, y extiende las sentidas condolencias a la familia.

Inmediatamente de tomar conocimiento de lo ocurrido con el privado de libertad, la institución defensorial, como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), inició acciones de seguimiento de las investigaciones y el acompañamiento a los familiares para el cumplimiento del acceso a la justicia, así como del debido proceso.

Rechazamos enfáticamente todo tipo de violencia que amenaza la integridad y la vida misma de un/a ciudadano/a, destacando que el derecho a la vida, dentro o fuera de un centro penitenciario o cual fuera el centro de acogimiento bajo la guarda del Estado, es un derecho universal y su impedimento, se constituye en un hecho grave que merece una atención inmediata y una exhaustiva investigación.

La Constitución Política del Estado de Bolivia, en el artículo 15 establece que toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual, por tanto, como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, exigimos a las autoridades competentes realizar una pronta y oportuna investigación y juzgamiento transparente e imparcial, así como la aplicación del Protocolo de Minnesota, instrumento internacional, cuyo objetivo es determinar una investigación eficaz de toda muerte potencialmente ilícita o sospecha de desaparición forzada, como podría ser el presente caso. Es fundamental garantizar que esta investigación tenga la participación activa de la familia y de sus representantes legales.

Conforme a las atribuciones que otorga la Ley 870, la Defensoría del Pueblo continuará monitoreando el caso y acompañando al Ministerio Público, el Tribunal Departamental de Justicia y otras autoridades para el esclarecimiento de los hechos y se tomen las medidas efectivas para prevenir situaciones similares. Asimismo, realiza el acompañamiento a la familia del fallecido a fin de gestionar acciones que garanticen el acceso a la justicia, su debido proceso y evitar cualquier dilación.

La Defensoría del Pueblo convoca al Estado a asumir su obligación de luchar contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y ratifica su compromiso con las víctimas para que estos hechos, como el reciente advertido, no queden en la impunidad y se garantice la no repetición.

La Paz, 08 de enero de 2024