Ante suspensión del proceso de preselección de candidatos

Elecciones judiciales: Defensoría del Pueblo reclama el respeto de los derechos políticos de la población

Elecciones judiciales: Defensor del Pueblo demanda que se deje de lesionar el derecho político de la población a elegir a sus autoridades



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nte la suspensión del proceso de preselección de candidatos para las elecciones judiciales, debido a un fallo judicial, el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya demandó a las autoridades y a los actores políticos dejar de afectar el genuino derecho político de la población boliviana, de elegir democráticamente a sus autoridades. “Hay necesidad de dejar de lesionar el ejercicio del derecho político de la población a elegir a sus autoridades y en eso son responsables todos los decisores políticos y autoridades para que se pongan de acuerdo y den una salida a esta situación”, demandó Callisaya, durante la conferencia de prensa donde presentó el informe de conflictividad correspondiente al primer trimestre de 2024. El pasado 30 de abril se hizo pública la decisión de la Sala Constitucional Primera de Pando que concedió la tutela a acción popular presentada por la dirigente indígena Yeni Duri, que reclamó una supuesta discriminación en el caso de la postulante inhabilitada Mineya Lucindo, dentro del proceso de preselección de candidatos a las elecciones judiciales, hecho por el que, en la parte resolutiva, se dispuso que se deba a proceder a realizar un nuevo proceso de preselección.

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a autoridad defensorial reiteró su llamado a cumplir los procedimientos para garantizar la realización de las elecciones judiciales, toda vez que realiza un seguimiento al mismo desde la gestión pasada, esto en el marco de la prevención a posibles vulneraciones a los derechos humanos de las y los bolivianos. “El mensaje que están dando los actores políticos no es de fortalecimiento del mecanismo democrático, es un mensaje inverso que aporta a la deslegitimación del mecanismo democrático y que puede provocar salidas dolorosas para la población y el Estado”, manifestó el Defensor del Pueblo, además de advertir que esta situación puede derivar nuevamente en conflictos y movilizaciones, como los registrados en el mes de enero y febrero pasado. El proceso de preselección se encuentra en la fase de evaluación de méritos de los postulantes, previo a la emisión del informe de preselección para remitirse al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

Aporte defensorial a la construcción de la cultura de paz

Informe defensorial de conflictividad contribuirá a generar espacios de diálogo y reconstrucción de la convivencia pacífica

 El Defensor del Pueblo presentó este jueves el Informe de Conflictividad en Bolivia, correspondiente al primer trimestre de 2024. La autoridad destacó que el aporte de este documento será el de contribuir a la generación de espacios de diálogo y reconstrucción de la convivencia pacífica. 

“Este informe fundamentalmente quiere contribuir a generar espacios de reflexión, de diálogo, espacios que nos permitan reconstruir la convivencia entre bolivianas y bolivianos”, señaló Callisaya, ante la nutrida presencia de medios de comunicación. 

El Informe de Conflictividad en Bolivia fue elaborado gracias a los datos y estadísticas proporcionados por el Sistema de Monitoreo y Alerta Temprana (SIMAT) de la Defensoría del Pueblo, un mecanismo tecnológico e innovador implementado para generar seguimiento y alertas tempranas de conflictos. 

“Monitorear la conflictividad en nuestro país tiene una alta importancia porque nos permite, no solo saber la cantidad de conflictos que se desarrollan en un determinado periodo, sino que nos permiten instar al Estado, a las instancias competentes acciones conducentes a solucionar esta conflictividad”, remarcó el Defensor del Pueblo.

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a autoridad remarcó que estos escenarios de conflictividad confluyen a generar una alta potencialidad de vulneración de los derechos humanos. El reporte correspondiente al primer trimestre de 2024 señala que se suscitaron 103 conflictos, en cuyo contexto se produjeron al menos 94 vulneraciones a los derechos humanos. De acuerdo al detalle publicado en el informe defensorial, se registraron 39 vulneraciones del derecho al empleo y al trabajo; ocho del derecho a la educación; seis vulneraciones del derecho al medioambiente; seis del derecho a la salud y acceso a la salud; seis del derecho a la infraestructura del transporte; seis del derecho a la infraestructura urbana; cinco vulneraciones del derecho a contar con infraestructura de servicio; cinco del derecho al acceso a la justicia; cuatro del derecho político; tres vulneraciones del derecho a una jurisdicción de entidad territorial autónoma; tres del derecho al acceso al agua potable; y tres del derecho al acceso a la electricidad. La mayor parte de conflictos reportados se produjeron en los departamentos de La Paz y Santa Cruz, con 18 y 17 hechos de conflictividad respectivamente, seguidos de los departamentos de Potosí y Beni, ambos con 16 y Cochabamba con 15, señala el informe.

Defensoría del Pueblo evidencia cobros excesivos a premilitares en el Regimiento Max Toledo de Viacha

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ara garantizar el derecho al acceso a la salud y a la alimentación de señoritas y jóvenes que prestan el servicio premilitar, la Defensoría del Pueblo, como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, (MNP-Bolivia), realizó un verificativo sorpresa en el Regimiento de Infantería Mecanizada - 1 RIM-23, "Max Toledo", del municipio de Viacha. "Por instrucción del Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro, se realizó este verificativo, con el objetivo de ver las condiciones en las cuales se presta el servicio premilitar; sin embargo, tras la visita y luego de sostener entrevistas con las y los premilitares, se recibieron denuncias sobre cobros excesivos en cuanto a la alimentación y la obligatoriedad para que se consuman los alimentos preparados en la Unidad Militar", señaló el coordinador Regional de El Alto, Fernando Claros. En un inicio respondieron que el costo de la alimentación estaba en Bs. 12, sin embargo, se dieron modos para hacernos conocer que les obligaron a indicar ese precio, cuando en realidad el costo era de Bs. 20, además de que, habría la obligatoriedad para la compra y la prohibición de que lleven sus propios alimentos o el consumo en otros espacios. "Se tenía la versión de que el costo de la alimentación era de Bs. 12, pero tras las entrevistas y a denuncia de los mismos premilitares, en realidad el cobro sería de Bs. 20, por lo que se presume intimidación", sostuvo Claros. Inmediatamente, se consultó a la Suboficial encargada del expendio de alimentos, quien no pudo negar el hecho, con lo que se corroboró la denuncia. La Defensoría del Pueblo emitió las recomendaciones para que se permita a los premilitares traer sus propios alimentos, y que se verifique que los lugares donde se expende los alimentos no tengan sobreprecio, a lo cual el comandante del Regimiento Max Toledo, Tncl. DEN. Nelson Jesús Martínez Calvo, se comprometió a subsanar y tomar las acciones necesarias en contra de los responsables.

En Cobija, Pando

Gestión defensorial logra que persona con discapacidad grave cobre su bono por primera vez

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a Defensoría del Pueblo, a través de la Delegación Defensorial Departamental de Pando, gestionó el pago del bono de discapacidad para una mujer, que sufre de artritis severa desde hace 5 años, padecimiento que le provocó una discapacidad grave. La Unidad Municipal de Atención a Personas con Discapacidad (UMADIS) de Cobija, priorizó la atención y efectivizó el pago del beneficio, a instancia defensorial. La Delegación Defensorial de Pando coadyuvó también para que el personal municipal encargado de entregar el monto económico pueda dirigirse hasta el domicilio de la beneficiaria, permitiéndole cobrar por primera vez el bono de discapacidad, correspondiente a los meses de febrero y marzo de la presente gestión. “Gracias a esta acción efectiva, se ha podido realizar el pago en el domicilio de la beneficiaria, asegurando que reciba el bono que le corresponde sin necesidad de desplazarse de su hogar, situación que representaba una barrera significativa hasta ahora”, añadió la Técnico de Servicio al Pueblo, Nahomi Fernandez Parada. La beneficiaria, ahora registrada en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional para Personas con Discapacidad, recibirá un pago mensual de Bs. 250,. el bono instituido como compromiso de los Gobiernos Autónomos Municipales para asistir a personas con discapacidad grave o muy grave que no están empleadas ni reciben otros tipos de asistencia financiera. La Delegación Defensorial Departamental de Pando continuará supervisando la entrega de estos fondos para asegurarse que se mantenga la regularidad y la equidad en su cancelación.

Personas con discapacidad en Jesús de Machaca reciben socialización sobre la Ley de Inclusión Laboral

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a Defensoría del Pueblo, a través de la Coordinación Regional de Desaguadero, arribó al municipio de Jesús de Machaca, para socializar entre la población en general y sobre todo las personas con discapacidad, el proyecto de Ley de Inclusión Laboral de Personas Con Discapacidad impulsado y presentado por la Defensoría del Pueblo. En la actividad se contó con lamasiva participación de la Asociación de Personas con Discapacidad “Nueva Fortaleza por una Vida Digna”, a quienes se hizo conocer las propuestas del proyecto de ley, como ser la flexibilización de los requisitos para ocupar un puesto laboral, la jornada laboral diferenciada, la capacidad jurídica irrestricta, la sanción económica al incumplimiento a la cuota laboral, tanto en el sector público y privado a la máxima autoridad ejecutiva. El proyecto de ley, presentado por la Defensoría del Pueblo ante la Asamblea Legislativa Plurinacional en diciembre de 2023, cuenta con 35 artículos, cinco capítulos, disposiciones finales y transitorias. El documento establece, entre otras medidas, tres causales por las cuales los beneficiarios de la inamovilidad en su fuente de trabajo, pueden perder esta condición. Todas ellas están vinculadas al descuido y desprotección de las personas con discapacidad a su cargo. Dichas medidas se encuentran en el artículo 7 del proyecto de normativa, y señala que el padre o madre que no cumpla con el deber de proveer asistencia familiar a su hijo o hija con discapacidad por tres meses continuos, no podrá acogerse a la inamovilidad laboral.

NOVEDADES DE LA BIBLIOTECA DEFENSORIAL

Título: Evaluación de impactos de las empresas mineras Kores y Comibol en los derechos humanos del Jach'a Suyu Pakajaqi

Autor: S/N

Título: Nos unen tus derechos

Autor: Defensoría del Pueblo en Colombia

Título: Sistematización Hivos: Innovación y mejores prácticas reveladas

Autor: Hivos